Indemnización por despido en Uruguay 2026

Calcula cuánto te corresponde si te despiden, tanto si cobras por mes como por jornal.

Cómo se calcula la indemnización por despido

Trabajadores mensuales

Corresponde un sueldo por cada año trabajado o fracción, con un máximo de 6 sueldos. "O fracción" significa que un año empezado cuenta como completo: con 3 años y 2 meses de antigüedad cobras 4 sueldos.

Trabajadores jornaleros

Por cada año en que trabajaste 240 jornales o más, corresponden 25 jornales. Si ese año trabajaste entre 100 y 239 jornales, corresponden 2 jornales por cada 25 trabajados. Los años con menos de 100 jornales no suman. El máximo es de 150 jornales.

El "sueldo" que se usa no es solo el nominal

La base de cálculo es todo lo que generas en un mes de trabajo. Por eso, además del sueldo, se suman las partes proporcionales de:

Para jornaleros se hace lo mismo sobre el jornal: aguinaldo jornal ÷ 12, y licencia y salario vacacional jornal × días de licencia ÷ 300.

Ejemplo: con un sueldo de $ 60.000 sin hijos y 20 días de licencia, la base es $ 60.000 + $ 5.000 (aguinaldo) + $ 3.333 (licencia) + $ 2.680 (salario vacacional) = $ 71.013. Con 4 años y 8 meses de antigüedad corresponden 5 sueldos, es decir, unos $ 355.067.

Despidos especiales

SituaciónIndemnización
Durante una enfermedadDoble
Tras accidente laboral, sin reintegrarteTriple
Por haber denunciado al empleador ante el BPSTriple
Embarazo o maternidadComún + 6 sueldos
Acoso sexualComún + 6 sueldos
DiscapacidadComún + 6 sueldos

¿Paga impuestos?

La indemnización legal por despido no lleva aportes al BPS ni paga IRPF. Solo pagaría IRPF la parte que supere el mínimo legal, por ejemplo si la empresa te paga más de lo que marca la ley.

Esto calcula solo la indemnización. Al egreso también te deben pagar la liquidación final: aguinaldo proporcional, licencia generada y no gozada y su salario vacacional. El resultado es una estimación; ante dudas, consulta en el Ministerio de Trabajo (0800 7171) o con un abogado laboralista.

Preguntas frecuentes

¿Me corresponde despido si estaba a prueba?

El período de prueba solo existe si se pactó por escrito y no puede superar los 90 días. Si no hay contrato escrito con período de prueba, la indemnización corresponde desde el primer día.

¿Si renuncio cobro despido?

No. La indemnización corresponde cuando el empleador decide terminar la relación. Si renuncias, cobras solo la liquidación final (aguinaldo, licencia y salario vacacional pendientes). La excepción es el "despido indirecto": cuando renuncias porque el empleador incumplió gravemente (por ejemplo, no te paga el sueldo).

¿En cuánto tiempo me tienen que pagar?

La indemnización y los demás rubros de egreso deben pagarse dentro de los 10 días corridos siguientes al despido.

¿Y si me despiden por notoria mala conducta?

En ese caso no corresponde indemnización, y además se pierde el aguinaldo generado al egreso. La empresa debe poder probar la falta grave; si no puede, el despido se considera común.

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